Viajar al extranjero con licencia médica: Corte Suprema mantiene destitución de funcionario municipal

Alerta Laboral
septiembre 7, 2026

El máximo tribunal confirmó la sentencia que rechazó el recurso de protección presentado por un funcionario municipal sancionado con la destitución por infringir el principio de probidad administrativa.

La Corte Suprema confirmó la decisión que mantuvo la destitución de un funcionario municipal luego de que se determinara que viajó al extranjero mientras se encontraba haciendo uso de una licencia médica.

El caso llegó al máximo tribunal luego de que el funcionario recurriera de protección, cuestionando la legalidad de la medida disciplinaria aplicada en su contra. Sin embargo, la Corte Suprema concluyó, por mayoría, que no existió ilegalidad ni arbitrariedad en la decisión de la autoridad municipal.

¿Qué ocurrió?

El funcionario fue sometido a un procedimiento disciplinario a raíz de un viaje al extranjero realizado durante la vigencia de una licencia médica. La Municipalidad calificó esta conducta como una infracción grave al principio de probidad administrativa y aplicó la sanción de destitución.

El trabajador cuestionó la medida, argumentando, entre otras materias, la falta de competencia de la autoridad para imponer la sanción y la falta de consideración de circunstancias atenuantes.

¿Qué resolvió la Corte Suprema?

La Corte consideró que el procedimiento disciplinario se realizó conforme a las normas aplicables y respetando el derecho a defensa del funcionario. También señaló que la resolución que impuso la sanción estaba debidamente fundamentada, explicando las razones por las cuales se tuvo por acreditada la infracción y se determinó la medida disciplinaria.

Respecto de la facultad para aplicar la destitución, la Corte sostuvo que la autoridad contaba con atribuciones para hacerlo al haberse determinado una infracción al principio de probidad administrativa.

Uno de los puntos más relevantes fue la discusión sobre las circunstancias atenuantes invocadas por el funcionario.

La mayoría de la Corte estimó que, considerando la gravedad atribuida a la conducta y la sanción prevista para ella, la Administración estaba legalmente habilitada para aplicar la destitución, sin que correspondiera graduar la responsabilidad a partir de las atenuantes alegadas.

Por estas razones, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que había rechazado el recurso.

Pero la decisión no fue unánime

Este punto es especialmente interesante.

Dos abogados integrantes de la Corte Suprema estuvieron por acoger el recurso del funcionario y dejar sin efecto los actos cuestionados, para que la autoridad volviera a pronunciarse considerando las circunstancias particulares del caso.

Para los disidentes, la legislación no establece automáticamente una sanción determinada para todo caso de mal uso de una licencia médica. En su opinión, correspondía ponderar tanto la gravedad de la conducta como las circunstancias atenuantes o agravantes antes de determinar la sanción.

Además, destacaron la importancia del principio de proporcionalidad en materia de sanciones administrativas, señalando que este busca evitar excesos por parte de la autoridad pública.

Según este voto minoritario, la autoridad no habría ponderado adecuadamente las atenuantes invocadas por el funcionario, por lo que correspondía retrotraer el procedimiento para que se adoptara una nueva decisión considerando esos antecedentes.

¿Qué podemos aprender de este fallo?

El caso muestra que hacer uso de una licencia médica no es una situación jurídicamente indiferente respecto de las actividades que realiza el trabajador durante ese período, especialmente cuando se trata de funcionarios públicos sujetos a deberes de probidad.

Pero también deja abierta una discusión relevante respecto de cómo debe determinarse la sanción y qué papel deben tener la proporcionalidad y las circunstancias particulares de cada caso.

En esta sentencia, la mayoría de la Corte Suprema consideró ajustada a derecho la destitución. Sin embargo, el voto minoritario sostuvo que la autoridad debía ponderar las atenuantes antes de aplicar una medida de tal gravedad.

Por eso, es importante no interpretar este fallo simplemente como que “viajar con licencia médica siempre significa destitución”. La sentencia se refiere a un caso concreto, dentro de un procedimiento disciplinario municipal y bajo las normas aplicables a funcionarios municipales.

En Alerta Laboral creemos que entender estas diferencias es fundamental: detrás de un titular siempre hay circunstancias, procedimientos y normas que determinan el verdadero alcance de una decisión judicial.

Fuente: Corte Suprema, Tercera Sala, Rol N.º 44.191-2026, sentencia de 28 de agosto de 2026.